Clau
se constituye con una determinada estructura orgánica con el fin de conseguir
un funcionamiento coordinado y eficaz de todos los miembros que integran la federación. Clau
es una organización asamblearia para garantizar la participación
real de sus miembros y estructura sus órganos internos a partir del principio
de separación de poderes o funciones, separación de cargos internos
y externos, no acumulación de poder y discriminación entre la figura
del controlador y el controlado. Cada
unidad de la federación, sea equipo municipal, de distrito, agrupación,
partido insular, o la misma organización federal, tiene su propia estructura
organizativa más o menos compleja, siendo los órganos más
básicos los siguientes: a.-
Las asambleas (federal, insular y municipal o de distrito) b.-
El consejo político (federal e insular) c.-
El comité ejecutivo (federal, insular, municipal
o de distrito) d.-
Los cargos unipersonales (Presidentes, Vicepresidentes,
Secretarios y Vicesecretarios) e.-
El comité de cuentas (federal, insular, municipal
o de distrito) f.- El comité de disciplina (federal,
insular, municipal o de distrito) g.- El consejo consultivo
(federal, insular, municipal o de distrito) h.- La comisión
federal de garantías.
Además
se definen distintas áreas internas designadas por los comités
ejecutivos: -
Area de comunicación: de la cual depende la oficina de prensa del
partido. -
Area de organización: responsable de la dinamización de la
estructura territorial, de las nuevas implantaciones de Clau y de la atención
personalizada y las sugerencias de los afiliados. -
Area de formación: dedicada a la formación de cuadros y afiliados
siguiendo planes educativos preestablecidos. -
Area jurídica: dedicada a asesorar jurídicamente en los procesos
judiciales derivados de la acción del partido. -
Area de participación: responsable de la atención a los colectivos,
las asociaciones y a los ciudadanos en general. a)
LAS ASAMBLEAS La
asamblea general es el órgano máximo del partido. Consiste en
la reunión de todos los afiliados del partido o sus representantes siguiendo
un proceso de convocatoria previamente establecido y un orden del día. Corresponden
a la asamblea general los mayores poderes: la modificación estatutaria,
la aprobación de líneas políticas generales, la designación
de cargos, la economía y la organización del partido a todos los
niveles. Cada
nivel de organización, sea federación, partido, agrupación
o equipo, celebra sus propias asambleas las cuales son el órgano máximo
de cada nivel integrado por sus correspondientes afiliados. Estas pueden ser ordinarias,
las cuales se celebran periódicamente, o extraordinarias. Para el
segundo caso existe un procedimiento de convocatoria rápida. A
cualquier nivel, las asambleas posibilitan la imprescindible labor de depuración
interna de los partidos, basada en elecciones democráticas.
b)
EL CONSEJO POLITICO Tienen
la función de supervisión y control del partido a partir
de las directrices aprobadas por la asamblea general. Sus funciones específicas
le son atribuidas estatutariamente. Sus miembros son elegidos para formar un órgano
ampliamente representativo del conjunto del partido.
c) d) LAS EJECUTIVAS Y LOS CARGOS PERSONALES Son
integradas por los presidentes, los secretarios generales y un número
de vocales determinado estatutariamente. Las ejecutivas tienen carácter
de órgano permanente, con la misión de ejecutar los acuerdos de
las asambleas y los acuerdos que corresponden al consejo político. Son
responsables del control y coordinación de los distintos órganos
personales, territoriales y sectoriales.
e) EL COMITE DE CUENTAS El
comité ejecutivo designa un administrador general. Los servicios administrativos
a cargo del administrador general comprenden los aspectos de gerencia, afiliación,
tesorería, contabilidad y todos los necesarios para el buen funcionamiento
del partido. Las tareas específicas del administrador general se determinan
estatutariamente y existe un sistema de intervención o control interno
de los actos y documentos con contenido económico.
f) EL COMITE DE DISCIPLINA La
asamblea general aprueba un régimen disciplinario y sancionador para cada
nivel territorial. Los comités de disciplina son integrados por jueces
o tribunales designados a cada nivel de organización del partido por las
correspondientes asambleas. Los órganos ejecutivos y afilados en general
tienen el deber de presentar ante los tribunales las correspondientes denuncias
contra actuaciones contrarias a los estatutos y reglamentos. Las sentencias del
tribunal federal de disciplina son inapelables.
g) EL CONSEJO CONSULTIVO A
cualquier nivel los consejos consultivos tienen la función de asesoramiento.
Son integrados por los afiliados que ejercieron funciones en la ejecutiva del
anterior período.
h) LA COMISION FEDERAL DE GARANTIAS Integrada
por un número determinado de antiguos afiliados del partido, tiene función
informadora. La comisión federal de garantías debe velar por
el buen funcionamiento democrático de la organización, el respeto
a los estatutos y a los derechos de los afiliados. Debe efectuar un seguimiento
y control de los procesos electorales del partido y tendrá un archivo actualizado
con los estatutos de todos los niveles. Debe velar por eventuales incompatibilidades
que pudieran producirse de acuerdo con lo establecido en los estatutos.
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